Se trata de un menor que fue encontrado solo en un allanamiento de una vivienda precaria donde se incautó una gran cantidad de estupefacientes. El máximo tribunal señaló que los menores no punibles no pueden ser citados a un proceso penal bajo el pretexto de ejercer su derecho a ser oído.
El máximo tribunal revocó una sentencia que no valoró el arrepentimiento ni el progreso llevado a cabo por un joven durante el encierro.
El tribunal consideró que debía priorizarse la especialidad que rige en materia penal juvenil y la intención de las partes en la recomposición del conflicto.
Así lo decidió el Tribunal de Casación bonaerense, luego de que se rechazara el pedido de la defensa para que un jurado popular decidiera sobre la responsabilidad penal de un menor.
Un resumen de las decisiones judiciales, las medidas legislativas y los actos del Poder Ejecutivo más destacados en los últimos días
Lo hizo en la supervisión del caso "Mendoza y otros vs. Argentina". El tribunal mostró preocupación con la falta de avances en la modificación del régimen penal juvenil a más de 8 años de la decisión adoptada en el caso.
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Sin adelantar decisión sobre el fondo, la Corte dejó sin efecto una decisión del Superior Tribunal de Corrientes que omitió analizar la obligatoriedad del fallo "Mendozas" de la Corte Interamericana para el ordenamiento jurídico argentino.
El tribunal entendió que la ley que estableció el juicio por jurados no incorporó esta forma de enjuiciamiento para jóvenes en conflicto con la ley penal y que el Poder Judicial no puede reglamentar algo que es competencia del Poder Legislativo.
Una reflexión sobre la implementación de este instituto que posibilita la participación ciudadana.
Casación Federal anuló una sentencia que había denegado la aplicación del Régimen Penal Juvenil en un caso donde el imputado era menor de edad al momento de los hechos, pero que al momento de la declaración indagatoria había cumplido la mayoría de edad.
Un análisis sobre la propuesta del Poder Ejecutivo que busca bajar la edad de punibilidad a los 13 años.
Un nuevo análisis sobre el dictamen de mayoría obtenido acerca del proyecto que busca bajar la edad de punibilidad.
El Máximo Tribunal dejó sin efecto una decisión de la Corte bonaerense que confirmó una pena de prisión de 9 años cuando en primera instancia se había sido condenado al menor a 3 años de prisión. Para ello, recordó que el precedente “Maldonado” y ratificó que las sanciones a adolescentes deben apuntar a la resocialización y a su reintegración en la sociedad.